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Modalidad Atención Telemedicina

Valoración medica en todo el pais y el exterior utilizando tecnologías de la información que permiten valorar pacientes en lugares remotos o de difícil acceso a servicios de salud en horario extendido y sin salir de casa.

Examen domiciliario ejecutivo

Si no desea salir de casa o si su horario no se acomoda al horario de las IPS un medico especialista en salud ocupacional lo vista y realiza su examen preocupacional (aplica para Bogota)

Examen ocupacional en consultorio

Atendemos consulta externa de salud ocupacional o medicina general en 2 consultorios ubicados en la ciudad de  Bogotá con cita previa  en el norte de la ciudad.

Certificado de salud ocupacional inmediato antes de terminar la atencion medica

Que es un examen

preocupacional

Acto médico mediante el cual se interroga y examina a un trabajador, con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo y determinar la existencia de consecuencias en la persona por dicha exposición. (resolucion 2346 del 2007)

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Medico cirujano especialista sa

DIANA MARCELA GIL

 

Médica especialista en salud ocupacional de la Universidad del Rosario con 11 años de experiencia en el ejercicio médico en áreas de medicina general y salud ocupacional, lideró procesos de promoción y prevención empresarial, programas de vigilancia epidemiológica; cuenta con experiencia en calificación de pérdida de la capacidad laboral, actualmente se desempeña como médico independiente habilitada en medicina del trabajo y general

 

CARLOS BERNAL SIERRA


Médico de la Universidad del Rosario especialista en salud ocupacional con 11 años de experiencia en la práctica médica en atención de pacientes de urgencias, paciente crónico y medicina general en consulta externa; en el área de salud ocupacional  ha liderado la SST en diferentes empresas del país, cuenta con experiencia en auditoria HSEQ, calificación de perdida de la capacidad laboral, actualmente se desempeña como médico independiente habilitado en medicina del trabajo y general


Normatividad exámenes medico ocupacionales (EMO) independientes

  1. Resolucion 2346 del 2007: Regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.
  2. Decreto 723 del 2013: Afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas por prestación de servicios. 
  3. Decreto 1563 del 2016: afiliación voluntaria de los trabajadores independientes al Sistema General de Riesgos Laborales.
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¿Quienes puede realizar examenes ocupacionales?

¿Que pruebas complementarias debe incluir el examen ocupacional?

Las pruebas se determinan por el empleador con base en los factores de riesgo por medio de la matriz de peligros y/o profesiograma, no existe norma que indique que pruebas complementarias se deben realizar ya que cada empresa maneja factores de riesgo diferentes. 

¿Que son los exámenes ocupacionales ?

Acto médico mediante el cual se interroga y examina a un trabajador, con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo y determinar la existencia de consecuencias en la persona por dicha exposición; incluye anamnesis, examen físico completo con énfasis en el órgano o sistema blanco, así como paraclínicos según el cargo: laboratorios, imágenes diagnósticas, electrocardiograma, y su correlación entre ellos para emitir un diagnóstico y las recomendaciones.

¿Cuales son los tipos de valoraciones ocupacionales?

  1. Valoraciones preocupacionales o ingreso.
  2. Valoraciones periódicas o por cambio de ocupación.
  3. Egreso o retiro.
  4. Post-incapacidad.

En compañía de su asesor en SST elabore un documento que contenga las condiciones físicas que se espera  de los empleados que desempeñen cada cargo

TIPOS DE EVALUACIONES

Son aquellas que se realizan para determinar las condiciones de salud física, mental y social del trabajador antes de su contratación, en función de las condiciones de trabajo a las que estaría expuesto, acorde con los requerimientos de la tarea y perfil del cargo.

El objetivo es determinar la aptitud del trabajador para desempeñar en forma eficiente las labores sin perjuicio de su salud o la de terceros, comparando las demandas del oficio para el cual se desea contratar con sus capacidades físicas y mentales; establecer la existencia de restricciones que ameriten alguna condición sujeta a modificación, e identificar condiciones de salud que estando presentes en el trabajador, puedan agravarse en desarrollo del trabajo

Se realizan con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma precoz, posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado  de salud del trabajador, ocasionadas por la labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo. Así mismo, para detectar enfermedades de origen común, con el fin de establecer un manejo preventivo.

Aquellas que se deben realizar al trabajador cuando se termina la relación laboral.

Su objetivo es valorar y registrar las condiciones de salud en las que el trabajador se retira de las tareas o funciones asignadas.

El empleador deberá informar al trabajador sobre el trámite para la realización de la evaluación médica ocupacional de egreso.

El empleador deberá ordenar la realización de otro tipo de evaluaciones médicas ocupacionales, tales como  post – incapacidad o por reintegro, para identificar condiciones de salud que puedan verse agravadas o que puedan interferir en la labor o afectar a terceros, en razón de situaciones particulares.

El profesiograma es un documento que relaciona el cargo con las características de salud, protección y preparación que requiere un trabajador para realizar una tarea; ayuda a ahorrar dinero ya que determina la periodicidad y exámenes necesarios para cada cada individuo, evitando pedir pruebas innecesarias o no especificas para los peligros a los que se expone el empleado. 

Normatividad exámenes periodicos

Para los trabajadores en contrato de prestación de servicios, la vigencia del examen de ingreso es de tres años ( Art. 18 Decreto 723 del 2013), sin embargo, según la vigencia del contrato el empleador debe realizar valoración periódica.

Para afiliados independientes voluntarios al sistema de riesgos laborales, el examen ocupacional debe realizarse mínimo anual (Decreto 1563 del 2016 – Art 2.2.4.2.5.11 Decreto 1072 2015).

El empleador debe realizar evaluaciones médicas al trabajador cada vez que cambie de ambiente laboral, de funciones, tareas o exposición a nuevos o mayores factores de riesgo (Art 5, Res 2346 del 2007).

No hay un criterio establecido para saber que incapacidades requieren o  no, recomendamos que la valoración médica post-incapacidad se  realice a todos los accidentes laborales, a todas las lesiones osteomusculares y a todas las incapacidades mayores a 1 mes, sin embargo, ante cualquier duda solicite orientación a su proveedor de exámenes ocupacionales. 

Es importante que se informe  al empleado que se va a evaluar,  para que solicite su historia clínica y exámenes paraclínicos relacionados con el diagnóstico de la incapacidad a sus médicos tratantes, estos documentos deben estar organizados de forma cronológica, y se deben  llevar para ser revisados por el médico laboral quien los correlacionará  con los hallazgos en el examen físico. 

También se deben llevar las incapacidades, y cartas de recomendaciones entregadas anteriormente; este examen debe generar un documento en el que se registren restricciones, recomendaciones, vigencia de estas y si requiere o no reubicación,  todo esto escrito de manera clara y específica.

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