¿Quienes puede realizar examenes ocupacionales?
- Médicos especialistas en SST con licencia.
- IPS que cuenten con médicos especialistas en SST con licencia.
- Médicos especialista en SST con licencia que pertenezcan a la empresa.
¿Que pruebas complementarias debe incluir el examen ocupacional?
Las pruebas se determinan por el empleador con base en los factores de riesgo por medio de matriz de peligros y/o profesiograma, no existe norma que indique que pruebas complementarias se deben realizar ya que cada empresa maneja factores de riesgo diferentes.
pREGUNTAS FRECUENTES
Acto médico mediante el cual se interroga y examina a un trabajador, con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo y determinar la existencia de consecuencias en la persona por dicha exposición.
Incluye anamnesis, examen físico completo con énfasis en el órgano o sistema blanco, análisis de pruebas clínicas y paraclínicas, tales como: de laboratorio, imágenes diagnósticas, electrocardiograma, y su correlación entre ellos para emitir un diagnóstico y las recomendaciones.” (Res.236 del 2007).
El diagnostico de condiciones de salud es un documento que consolida los resultados médicos de los exámenes ocupacionales además de otros datos sociodemograficos que permiten la creación de intervenciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad
Documento que muestra de manera gráfica la conexión entre las tareas y el cargo, determinando los requisitos mínimos en seguridad industrial, estado de salud y nivel intelectual de quienes aspiren o permanezcan en un empleo.
Cada especialista en seguridad y salud en el trabajo o IPS debe tener en su custodia las historias clinicas de los pacientes que valore y entregar copia de esta a los pacientes en caso que estos la soliciten.
todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca
en el trabajador una lesión orgánica, una perturbaCión funcional o psiquiátrica,
una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de
órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su
autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el
ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso
sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.
De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la
ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe
por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando
se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren
en misión.
Enfermedad laboral. Es enfermedad laboral la contraída como
resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o
del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.